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PROYECTO EDUCATIVO E. INFANTIL:
LOE-Art.14  Ordenación y principios pedagógicos y art. 44  del Decreto 49/2008
o        La etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
o        El carácter educativo del ciclo será recogido por el Centro  educativo en una propuesta pedagógica.
o        En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal.
o        Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.
o        Corresponde a la Administración educativa el fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentará una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.
o        Los métodos de trabajo se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.
Art. 7 de la  Orden 12/2008, de 29 de abril: IMPLANTACIÓN 2º CICLO E. INFANTIL  
o        Las Escuelas y centros privados de Educación Infantil que impartan el 2º ciclo de la E. Infantil desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo establecido en el Dec. 25/2007, de 4 de mayo.
o        Dicha concreción formará parte de la propuesta pedagógica (Art.14.2 LOE) . Esta propuesta pedagógica, deberá ser incluida en EL Proyecto Educativo.
 LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS:
Art. 8 Orden 12/2008, de 29 de abril: IMPLANTACIÓN 2º CICLO E. INFANTIL
o        Elaboradas por el equipo docente del 2º ciclo de E.Infantil . Incluye la de cada uno de los años que forman este ciclo.
o        El Claustro de maestros establece al inicio del curso los criterios para la elaboración, seguimiento y evaluación de las programaciones didácticas.
o        En las áreas de E. Infantil procuramos especial atención a la formación en valores, tanto personales como sociales, que fomenten el respeto a los derechos humanos.
o        Nuestras programaciones didácticas desarrollan el currículo establecido para el Segundo ciclo de la Educación Infantil.  
o        Nuestras programaciones didácticas  contemplan los siguientes aspectos:
-          Los objetivos generales del ciclo. Los objetivos de área.
-          La distribución temporal de contenidos, correspondientes a cada una de las evaluaciones previstas.
-          Los criterios de evaluación.
-          La metodología didáctica que vamos a aplicar, así cómo medidas y acuerdos para estimular el hábito de la lectura y de la expresión oral.
-          Los procedimientos de evaluación de los alumnos.
-          Las medidas de atención a la diversidad.
-          El Plan de Convivencia.
-          La selección de materiales y otros recursos didácticos.
-          Las actividades complementarias y extraescolares que se vayan a realizar en el ciclo.
o          Las programaciones didácticas, elaboradas por el equipo de ciclo son de obligado para todos sus componentes. Los maestros de ciclo, en reuniones periódicas de ciclo, valoramos el desarrollo de las mismas.
o          La elaboración de las programaciones didácticas estará concluida antes del 10 de octubre de cada curso académico. Un ejemplar de las mismas quedará en la secretaría del centro, bajo la custodia de la dirección.
o        La programación didáctica anual de cada uno de los tres cursos de que consta el segundo ciclo se concretará en Unidades Didácticas en cada una de las aulas.
 LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL (Art.48 del Decreto 49/2008)
o        El Centro elabora, al comienzo de cada curso académico, la Programación  General Anual que constituye el instrumento de planificación global de validez anual. Este documento es elaborado por el Equipo Directivo  y aprobado por el Consejo Escolar.
o        La Programación General Anual incluye, al menos:
-        El Proyecto Educativo del centro y las posibles modificaciones habidas del mismo.
-        El calendario del curso académico, con las fechas previstas para el desarrollo del mismo.
-          El horario general del centro y los criterios pedagógicos para su elaboración, con especificación del horario dedicado a actividades lectivas, complementarias y extraescolares.
-        La programación didáctica de las áreas.
-        Programa anual de las actividades complementarias y extraescolares del centro.
-        Programación anual de las actividades de formación del profesorado, que incluirá, en su caso, medidas que faciliten la formación del resto de profesores.
-         El plan de reuniones de los órganos de gobierno y de coordinación del centro.
-          La previsión de acuerdos de colaboración con otras instituciones.
-          La Memoria administrativa, que incluye el Documento de Organización del Centro, la estadística de principio de curso y la situación de las instalaciones y del equipamiento.
o        Los distintos sectores de la comunidad educativa, a través de sus organizaciones, podrán hacer las aportaciones que estimen convenientes a la Programación General Anual.
o        Aprobada la Programación General Anual, un ejemplar de la misma quedará en la Secretaría del centro, a disposición de los miembros de la comunidad educativa.
 EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (Art. 49  Decreto 49/2008)
o        El Reglamento de Organización y Funcionamiento  (R.O.F.) del centro es el documento que desarrolla, concreta y adapta los derechos y deberes reconocidos a los alumnos en la LOE, a las especiales condiciones del centro, al Proyecto Educativo y a las necesidades propias de su edad y madurez personal de sus alumnos.
o        El Reglamento de Organización y Funcionamiento concreta, entre otros, los siguientes aspectos:
-          Los cauces de participación de los distintos miembros de la comunidad educativa. Asimismo, los cauces para la difusión de los asuntos propios del Consejo Escolar.
-          El funcionamiento de la Comisión de Convivencia, creada en el seno del Consejo Escolar.
-          Las normas de convivencia a impulsar, para favorecer las relaciones de los diversos sectores implicados de la comunidad educativa y en general todos aquellos aspectos relativos a la convivencia del centro.
-          El funcionamiento de los servicios educativos del centro: biblioteca, aula informática…
-          El funcionamiento de las  comisiones del Consejo Escolar del centro.
-          Las medidas específicas que aseguren el orden interno del centro  respecto a las salidas y entradas, horario y desarrollo de los recreos.
-          Los canales de colaboración entre los distintos órganos de gobierno, los órganos de participación y los órganos de gestión del centro.
-          La organización de espacios, instalaciones y recursos materiales del centro y las normas para su correcto uso.
-          La organización de actuaciones previstas para impulsar las relaciones centro con instituciones delentorno.
-          La organización de las actividades complementarias y extraescolares, con indicación del procedimiento para determinar las actividades a desarrollar.
-       En general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y reparto de responsabilidades no contemplados en la normativa vigente a la que, en todo caso, deberá supeditarse.
o        Este documento  y sus modificaciones es por el Equipo Directivo, con la participación de todos los sectores de la comunidad educativa, informado por el Claustro de profesores y aprobado por el Consejo Escolar.